domingo, 11 de mayo de 2014

La democracia en peligro XIII

David Brooks, el mismo periodista que nos ayudó a comprender los mecanismos ocultos del proceso de demolición de la democracia moderna —no perceptible desde la periferia de los acontecimientos periodísticos comunicables, sino desde aquellos que exigen una mirada escrutadora—, publicó varios meses después otra nota en www.jornada.unam.mx  (7-4-2014) con un título sorprendente: Subasta democrática. En este nuevo análisis en ese mismo sentido, comienza diciendo:
La semana pasada se confirmó oficialmente: ésta es la mejor democracia que el dinero puede comprar. El humorista Andy Borowitz, de The New Yorker, resumió la noticia así: «Por una decisión de cinco contra cuatro, la Suprema Corte de Estados Unidos defendió hoy el derecho de los estadounidenses más ricos de adueñarse del gobierno de Estados Unidos». El problema es que su formulación no es tan satírica ni exagerada con fines humorísticos, sino que reporta los hechos de manera bastante precisa. El miércoles pasado la Suprema Corte de Estados Unidos emitió un fallo en el caso McCutcheon v. Federal Exchange Commission en el que anuló limitaciones sobre el monto agregado total que un individuo puede donar a candidatos políticos, partidos y comités políticos. El fallo escrito por el presidente de la Corte, John Roberts, argumenta que esta decisión está basada en la libertad de expresión.
Sugiero volver sobre la lectura del párrafo con la atención puesta en el sentido de la palabra “subasta” que coloca en el título, puesto que no parece adecuarse al tratamiento del tema de la nota. ¿Qué pretende decir? ¿Acaso una forma política institucional, un modelo de normalizar las relaciones sociales se puede comprar? ¿Llegó el poder del dinero a tanto? Pues parece que sí. Sin embargo, la afirmación está lejos de lo que sentencian los manuales, de manera que la cita humorística de Andy Borowitz —que interpreta el fallo de la Suprema Corte como una puesta en venta de la democracia estadounidense— nos toma desprevenidos. Allí aparece la exigencia de volver a leer meditativamente para obligarnos a repensar qué está en juego e intenta decirnos. Y creo que, aun después de una segunda lectura, no es sencillo hacerse cargo de la gravedad de la afirmación.
Brooks es consciente de todo ello, por lo cual nos cuenta el argumento de la Corte ante la sospecha de lo posible, la corrupción política legalizada, que se abre a partir de tal resolución:
Rechazó que llevaría a la corrupción del proceso electoral, y afirma que se anulan los límites impuestos por la ley actual, ya que «el único tipo de corrupción que el Congreso puede abordar es la corrupción quid pro quo» y no si esas donaciones otorgan mayor acceso o influencia política. «La línea entre corrupción quid pro quo y la influencia general tiene que ser respetada para salvaguardar derechos básicos de la Primera Enmienda (libertad de expresión)». El juez agregó que los límites existentes sobre donaciones totales son inaceptables porque afectan el derecho de un individuo de participar en el debate público a través de la expresión política y la asociación política. Ese argumento, advierten expertos, puede poner en peligro casi cualquier regulación de financiamiento de campañas, por considerarla una violación de la libertad de expresión garantizada por la Constitución.
Aunque no es novedosa entre las argumentaciones leguleyas ceñidas a un modo de jugar con las palabras técnicas dentro de las relaciones encerradas en el círculo de esa lógica interna, resulta muy interesante llegar a conclusiones que rechaza el más simple sentido común. El argumento podría colocarse en estos términos: si se le prohíbe a un multimillonario comprar algo, dar dinero para cualquier tipo de actividad considerada necesaria o de su agrado, se le está coartando su libertad de acción. Las consecuencias de ello no son atribución del Congreso, puesto que no puede legislar sobre los posibles quid pro quo (en un lenguaje coloquial, “toma y daca”, esto a cambio de aquello). ¿Qué se encuentra en ese juego que abre la prohibición de limitar las donaciones? Pues algo tan grave como incidir en las campañas electorales, sostenidas por la mayor publicidad paga posible como modo de garantizar el triunfo de un candidato (como ya sucede), ahora sin límites, como así lo dispone el fallo.

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